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MiPyMEs y pequeños contribuyentes pueden regularizar deuda con un plan especial de ARCA

La Resolución General 5875 habilitó planes para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro pueden llegar a 18 cuotas para obligaciones generales; el régimen no perdona capital, intereses ni sanciones.

Publicado el 14 de jul de 2026

Qué pasó

Se abrió un régimen temporal con condiciones diferenciadas según el tamaño del contribuyente y el tipo de obligación.

Interpretación AtajoPyme

Puede ordenar flujo de caja, pero exige anticipo, tiene una tasa mensual de financiación y excluye varios conceptos.

Esta sección interpreta el impacto práctico; no es una cita ni una afirmación atribuida a la fuente.

A quién afecta

MiPyMEs con certificado vigente, pequeños contribuyentes caracterizados por ARCA y entidades sin fines de lucro.

Qué hacer

Revisá deuda elegible y costo total antes de adherir en Mis Facilidades; no asumas que toda obligación entra.

Fechas importantes

Publicación oficial
14 de jul de 2026
Cierre de adhesión
30 de oct de 2026

Fecha clave en el calendario

Fuentes

Fuente oficial / primaria