MiPyMEs y pequeños contribuyentes pueden regularizar deuda con un plan especial de ARCA
La Resolución General 5875 habilitó planes para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro pueden llegar a 18 cuotas para obligaciones generales; el régimen no perdona capital, intereses ni sanciones.
Publicado el 14 de jul de 2026
Qué pasó
Se abrió un régimen temporal con condiciones diferenciadas según el tamaño del contribuyente y el tipo de obligación.
Interpretación AtajoPyme
Puede ordenar flujo de caja, pero exige anticipo, tiene una tasa mensual de financiación y excluye varios conceptos.
Esta sección interpreta el impacto práctico; no es una cita ni una afirmación atribuida a la fuente.
A quién afecta
MiPyMEs con certificado vigente, pequeños contribuyentes caracterizados por ARCA y entidades sin fines de lucro.
Qué hacer
Revisá deuda elegible y costo total antes de adherir en Mis Facilidades; no asumas que toda obligación entra.
Fechas importantes
- Publicación oficial
- 14 de jul de 2026
- Cierre de adhesión
- 30 de oct de 2026